Abogacía suspende hasta el 31 de diciembre sanciones por inscripción de Sociedades

La Abogacía del Tesoro, dependiente del Ministerio de Hacienda, informa a los grupos de interés y usuarios del Departamento de Registro y Fiscalización de Sociedades (DRFS) que por Decreto Nº 3098, de fecha 19 de diciembre del corriente año, se extiende hasta el próximo 31 de diciembre de 2019 la prórroga para la aplicación de las sanciones, multas y medidas no sancionatorias previstas en la Ley N° 5895/2017, y reglamentada por el Decreto N° 9043/2018 respecto al trámite de Inscripción de Constitución de Sociedades. En base a la disposición, se realiza las siguientes aclaraciones:

  1. Trámites afectados: (sin aplicación de sanciones, multas y medidas no sancionatorias hasta el 31 de diciembre 2019)

ü  Inscripción de Constitución de Sociedades (SA – SRL – Sociedades en Comandita por acciones)

Por tanto, a partir del 1 de enero de 2019 las sanciones, multas y medidas no sancionatorias serán aplicadas a los incumplimientos exclusivamente afectados al Trámite de INSCRIPCION DE SOCIEDADES en la Abogacía del Tesoro arriba mencionados, siempre que se den los incumplimientos señalados en la norma.

Las Sociedades con incumplimiento de la obligación de Inscripción de Constitución de Sociedades en plazo (Dpto. 9043/18 Art. 14-numeral 4-5/Dto. Nº 1295 Art. 10.), que fueran notificadas con la aplicación de multa y sanciones deberán responder la notificación recibida al correo electrónico contravenciones_sociedades@hacienda.gov.pysolicitando la exoneración de las multas pertinentes a la Abogacía del Tesoro.

Las Sociedades con incumplimiento de la obligación que ya presentaron su trámite de inscripción fuera del plazo y aun no recibieron la notificación respectiva, serán automáticamente consideradas sin la aplicación de la multa correspondiente, en atención al Dto. 3098/19.

  1. Presentación de Solicitud de Dictamen de modificación por conversión de acciones-Plazo del 10 de diciembre:

ü   Aclarase que la suspensión excepcional de las multas al Trámite de Inscripción de Sociedades “no afecta a los trámites de Solicitud de Dictamen de modificación por conversión de acciones”, cuyo plazo establecido es considerado hasta el 10 de diciembre de 2019, señalado en la Ley Nª 6399/19 y su reglamentación (RES. MH Nª 418/19, no queda afectado).

  1. Presentación de Comunicación de CANJE DE ACCIONES:

ü   Se aclara que la suspensión excepcional de las multas al Trámite de Inscripción de Sociedades “no afecta a los trámites de CANJE DE ACCIONES”, cuyo plazo establecido está estipulado en la Ley Nª 6399/19 y su reglamentación (RES. MH Nª 418/19, no queda afectado).

  1. Presentación de Comunicación de TRANSFERENCIA DE ACCIONES:

ü   Se aclara que la suspensión excepcional de las multas al Trámite de Inscripción de Sociedades “no afecta a los trámites de TRANSFERENCIA DE ACCIONES”, cuyo plazo establecido está estipulado en la Ley Nº 6399/19 y su reglamentación (RES. MH Nº 418/19, no queda afectado).

Atendiendo a la intención de seguir con el proceso de formalización de las sociedades del país y de regularización de la obligación de inscripción de las mismas ante la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda, surge la necesidad de establecer plazos excepcionales para el cumplimiento de esta obligación sin la aplicación de sanciones o medidas no sancionatorias correspondientes.

Los demás trámites y plazos contemplados en el Decreto N° 9043/2018 y sus reglamentaciones modificatorias, se mantienen inalterables y no sufren modificaciones, a fin de que los usuarios vayan presentando las documentaciones pertinentes en tiempo y forma.

La citadas disposiciones están disponibles en la página web de la Abogacía del Tesoro, www.abogacia.gov.py, apartado Marco Legal.

  Agradecemos la comprensión y consideración a todos los usuarios.

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