Atención: Se recuerda vigencia de la ley 4014/10 que regula las obligaciones de prevención y control de incendios

Atendiendo a las denuncias ciudadanas sobre quema de pastizales en el país, el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible recuerda que se encuentran en plena vigencia la Ley 4014/10, que regula obligaciones sobre prevención y control de incendios, y que tiene por objetivo establecer normas aptas para la prevención y el control de incendios rurales, forestales, de vegetación y de interfase.

A partir de su vigencia en el año 2010, se encuentra prohibida la quema no controlada de pastizales, bosques, matorrales, barbechos, campos naturales, aserrín o cualquier otro cereal, de leguminosas o tipo de material orgánico inflamable que pudiera generar cualquiera de los incendios definidos en esta ley. Para operativizar su regulación, la Ley creó la Red Paraguaya de Prevención, Monitoreo y Control de Incendios, coordinada por la Universidad Nacional de Asunción (UNA), a través de sus dependencias FCA/CIF-Facultad de Ciencias Agrarias Carrera de Ingeniería Forestal y FACEN/LIAPA-Facultad de Ciencias Exactas y Naturales Laboratorio de Investigación de Problemas Ambientales, junto con instituciones públicas y privadas.

Por lo tanto, a partir de su vigencia, los municipios de todo el país, en coordinación con la mencionada unidad especializada, son los encargados de “expedir autorizaciones de quema prescripta”, habilitantes para efectuar los encendidos; además, estos se constituyen en contralores in situ de la forma de realización de las quemas.

Su incumplimiento prevé sanciones de multas de 100 (cien) a 2.000 (dos mil) jornales mínimos fijados para actividades diversas no especificadas en la República, a quienes para realizar quemas no se sometieren a los requisitos establecidos en la mencionada ley.
El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible recuerda que se encuentran en plena vigencia las normas sobre prevención y control de incendios.

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