Caso Berilo: Corte Suprema de Justicia otorgó la inconstitucionalidad planteada por la Fiscalía contra resolución de la Cámara de Apelaciones

La Corte Suprema de Justicia dio lugar a la acción de inconstitucionalidad presentada el lunes por el fiscal Adjunto de la Unidad Especializada en la Lucha Contra el Narcotráfico, Marco Alcaraz. Con esta resolución queda sin efecto el emplazamiento ordenado por un Tribunal de Apelaciones para la presentación de pruebas en el Caso Berilo, en el cual están acusados Reinaldo “Cucho” Cabaña y el diputado Ulises Quintana, entre otros.

La Cámara de Apelaciones había emitido una resolución que obligaba al Ministerio Público a presentar, en un plazo de 10 días, las pruebas del caso, y de no hacerlo, se podría anular la causa.

Con relación a la supuesta falta de presentación de pruebas en la causa conocida como Berilo, el Ministerio Público aclaró que el agente fiscal Ysaac Ferreira presentó acusación en tiempo y forma contra los veinticuatro procesados en la causa, el pasado 13 de septiembre. Como la presentación de las pruebas no pudo completarse el primer día, por conformarse de más de 80 tomos, la Fiscalía pidió a la jueza una prórroga para que las pruebas sean recepcionadas.

Dentro de sus facultades, la magistrada organizó y agendó fecha y hora de presentación de las pruebas para una mejor organización. Este proceso se estaba llevando a cabo cuando, nuevamente, la defensa recusó a la magistrada, sin la debida causal sino al solo efecto de dilatar la entrega, en este interin es cuando la defensa realiza una maniobra presentando la referida apelación en la que argumenta que supuestamente el Ministerio Público no presentó las pruebas. En un actuar de mala fe, y a sabiendas de que dicho proceso se estaba desarrollando, fue obstaculizado solo por la recusación planteada por la defensa.

El Ministerio Público ya había referido públicamente, el uso abusivo de los recursos legales utilizados por la defensa sin argumentos, al solo efecto de dilatar el proceso (Chicanerías) y no con la finalidad de ejercer una defensa técnica. Esta conducta de abuso de recursos no fue observada, ni sancionada por los órganos correspondientes a su debido tiempo y se exhorta a los órganos jurisdiccionales a que no se presten a este tipo de maniobras que no guardan relación con una debida defensa técnica.

El Tribunal de Apelación integrado por los camaristas Pedro Mayor Martínez, Gustavo Ocampos y Gustavo Santander, revocó la ampliación de plazo que la jueza Penal de Garantías Alicia Pedrozo había otorgado al Ministerio Público para presentar las evidencias contra los acusados de la causa conocida como “Berilo”.

Sin embargo, admitió la apelación que presentó una de las defensas y revocó la prórroga que la magistrada concedió al fiscal Ysaac Ferreira para presentar la carpeta de evidencias de la causa.

El Tribunal de Apelaciones se extralimitó en su competencia al decidir sobre cuestiones que no fueron objeto de impugnación por parte de la defensa. El Tribunal solo está habilitado por ley a estudiar únicamente los puntos impugnados. En este caso particular, la impugnación estuvo orientada a cuestionar concretamente el otorgamiento de una prórroga, que la Jueza de Primera Instancia concedió al Ministerio Público para seguir remitiendo las actuaciones y evidencias que ya fueron correctamente ofrecidas en el escrito de acusación presentado en tiempo y forma.

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