Disposiciones de la Modernización Tributaria regirán desde enero de 2020

El Poder Ejecutivo emitió el Decreto N° 2787/19, por el cual se establece la entrada en vigencia de las disposiciones contenidas en la Ley N° 6380 de Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional. En cuanto a la vigencia prevista para el Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), las disposiciones referidas al Impuesto a la Renta Comercial, Industrial o de Servicios (Iracis) y del Impuesto a la Renta Agropecuaria (Iragro) estarán vigentes hasta el 30 de abril y 30 de junio de 2020, respectivamente, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que cierran su ejercicio fiscal en dichas fechas.

En cuanto a la vigencia prevista para el IRE, las disposiciones referidas al IRACIS e IRAGRO estarán vigentes hasta el 30 de abril y 30 de junio de 2020 respectivamente, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que cierran su ejercicio fiscal en dichas fechas. Igualmente, las disposiciones del Artículo 4° de la Ley N° 5061/2013 y sus reglamentaciones estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

Además, la liquidación de los Anticipos del IRE conforme al Artículo N° 24 de la Ley 6380/19 entrarán en vigor recién desde el 1 de enero de 2023. Hasta dicha fecha, la liquidación de los mismos se realizará de acuerdo con lo establecido en el Libro V de la Ley N° 125/1991.

 

Por último, se determinó que la Documentación Simplificada establecida en el Artículo 70 de la Ley 6380/19 entrará en vigencia cuando sea reglamentada por la Administración Tributaria en prosecución de la implementación del Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional – SIFEN.

 

Quienes deseen consultar el Decreto N° 2787/19, pueden ingresar a la sección Normativas / Decretos / 2019 en www.set.gov.py.

 

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